Con esta aprobación, la reforma deberá ser sancionada por el presidente de la República, Nayib Bukele, y publicada en el Diario Oficial para entrar en vigencia, para que independientemente de la cantidad de alcohol, todo conductor sea capturado por el delito de "conducción peligrosa".
Sin la reforma, el artículo 147-E establecía que se consideraba conducción temeraria cuando se maneje "en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas que limiten la capacidad de conducir". Con la reforma, no importa el nivel de alcohol, siempre que un conductor haya ingerido alguna sustancia, por mínima que sea, será detenido bajo este delito.
La diputada Cesia Rivas, de Vamos, pidió excluir de cualquier posibilidad de fuero la aplicación del delito de conducción peligrosa. Rivas aseguró que esta reforma es necesaria porque un diputado de la Asamblea Legislativa en 2000 sacó su arma a la patrulla que le intentó hacer el examen de alcotest y que otro diputado en 2020 tuvo un accidente en estado de ebriedad en donde murió una persona. Su propuesta no tuvo votos.
"Solicito una modificación con el fin de que pueda agregarse un inciso final, el cual dice: Para el procedimiento de pruebas, análisis y detención en flagrancia, no se permitirá fuero alguno ni privilegios de ningún tipo en razón del cargo".
Cesia Rivas, diputada de Vamos.
La propuesta de Rivas solo recibió a favor los tres votos de la oposición y un diputado que votó en contra. Por su parte, el diputado de Nuevas Ideas Caleb Navarro aseguró que el país no puede "seguir en este desorden vial".
Manejar bajo la influencia del alcohol hace una alteración de la coordinación motora, el alcohol afecta negativamente la coordinación y la capacidad de reacción, lo que puede dificultar el control preciso del vehículo".
Caleb Navarro, diputado de Nuevas Ideas.
Navarro argumentó que el alcohol afecta la determinación del juicio, visión alterada y en la toma de decisiones, por lo que no identifican peligros en la carretera. "Todas las causas anteriores ponen en riesgo las vidas de los salvadoreños", señaló.
Hay "tolerancia cero al alcohol", afirmó el diputado e indicó que la medida busca que los salvadoreños tomen consciencia de los peligros de conducir bajo los efectos del alcohol, pues explicó que pese a las jornadas de educación vial se siguen reportando accidentes.
Las penas por definitivas quedan así:
- De 2-5 años de prisión, para el delito de conducción peligrosa en vehículos comunes.
- De 5-10 años de prisión para el delito de conducción peligrosa en vehículos de transporte público y transporte de carga.
- Un máximo de 10 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por vehículos comunes.
- Un máximo de 15 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por transporte público y transporte de carga.
- Valor probatorio a las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidoping.