Miembros de la Mesa Permanente por la Justicia Laboral llevaron este lunes a la Asamblea Legislativa una iniciativa para solicitar que se modifiquen el artículo 9 de la Ley Especial de Reestructuración Municipal y se establezca la estabilidad laboral, y se derogue artículo 14 de la Ley de Transición Municipal, que faculta a los concejos realizar traslados de empleados entre distritos.

La Ley se comenzó a implementar a partir del 1 de mayo. Según Ovidio Hernández, miembro de la Mesa Permanente por la Justicia Laboral, hay entre 500 y 600 trabajadores afectados por despidos y 75 por traslados.
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“Lo que pedimos es que pueda ser modificado el artículo 9 de la Ley de Reestructuración Municipal y lo que queremos establecer es que se agregue el concepto o artículo de estabilidad laboral, una prestación a la que tenemos derecho los trabajadores y en esta ley se ha omitido”, dijo Hernández.

Por otro lado, piden que se derogue el artículo 14 de la Ley Especial de Transición Municipal, el cual establece que “los concejos municipales podrán decidir sobre el traslado de empleados y funcionarios entre los diferentes distritos cuando así lo consideren conveniente”.

“Queremos que en la Ley Especial de Transición Municipal sea derogado su artículo 14, que contempla los traslados de trabajadores entre distritos, lo cual es una afectación en nuestros compañeros y compañeras en su aspecto emocional, de salud y por tanto que ese artículo sea derogado y que queden sin efecto los traslados que están realizando en los diferentes distritos”, explicó Hernández.

A la fecha, la Mesa calcula que hay “un aproximado de 600 personas afectadas por despidos” a partir de la implementación de esta ley y 75 trasladados, de la alcaldía de San Salvador Centro y sus distritos de San Salvador, Ayutuxtepeque, Ciudad Delgado, y de San Marcos, que pertenece a San Salvador Sur.

El documento fue recibido por la diputada Claudia Ortiz de Vamos.


Propuesta de reforma al artículo 9 de la Ley Especial de Reestructuración Municipal:

"Art. 9.- Los Concejos Municipales que tomarán posesión el primero de mayo del año 2024 deberán aprobar las disposiciones especiales para el tratamiento de los empleados municipales de las alcaldías agrupadas por los nuevos municipios, quienes conservarán su antigüedad, con excepción de los empleados de confianza, que podrán ser sustituidos, todo de conformidad con la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos No Comprendidos en la Carrera Administrativa, Código de Trabajo y demás leyes aplicables según el caso particular de cada empleado. Queda expresamente establecido que este decreto no impone ni genera de forma automática la destitución del personal municipal, sino que esta facultad debe y podrá ser ejercida por los funcionarios que resulten competentes en aquellos casos y con las limitantes y condiciones que las leyes que regulan tales derechos y situaciones las cuales no pierden vigencia a partir de esta norma."