El fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, llegó a la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa para explicar los cambios en el proyecto de “Ley especial para la prevención, control y sanción del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”, que sustituirá a la Ley contra el lavado de dinero y activos vigente desde 1998.
El dictamen favorable fue aprobado por segunda vez, con modificaciones, este viernes.
Entre los cambios que vienen en este proyecto de ley y que esta tarde los diputados dictaminaron favorable es la exclusión de los sujetos obligados a los inversionistas nacionales y extranjeros, actualmente sujetos obligados de la ley antilavado.
El fiscal dijo que hay una "sobrerregulación" de sujetos obligados en la ley.
"Otra de las novedades de esta ley es el tema de los sujetos obligados, actualmente tenemos una sobrerregulación de sujetos obligados. De conformidad con lo que establece la actual ley, todas las personas naturales y jurídicas en el país, sin ningún tipo de distinción, son sujetos obligados de la ley de lavado de dinero y activos. Eso lo que provoca son obstáculos para ser eficientes, crea una gran cantidad de información sin ningún tipo de metodología, sin ningún tipo de parámetros objetivos, para generar información de calidad que pueda ser analizada por la Unidad de Investigación Financiera", aseguró.
En este sentido, aseveró que en este nuevo proyecto, que podría ser aprobado el martes, se excluyen a las personas jurídicas que no se dediquen a a actividades de naturaleza financiera de los sujetos obligados.
"No entiendo por qué en las anteriores legislaturas nunca se percataron de eso, no sé si era intencional y era orientado a simplemente considerar como sujetos obligados a determinados sectores de la economía nacional, con aras de proteger los diferentes intereses privados. Entonces, eso no lo podemos permitir, tenemos que definir quiénes son los sujetos obligados sobre criterios técnicos y es precisamente por eso que están orientado esta denominación a una reducción de los sujetos obligados de conformidad con la ley, de tal manera que se excluyen a las personas jurídicas, salvo a aquellos que se dediquen a actividades de naturaleza financiera o que conformen entre sí conglomerados", indicó el funcionario.
Según el fiscal, los inversionistas extranjeros no tienen por qué ser sujetos obligados de una normativa contra el lavado de dinero si a lo que vienen es a explorar posibilidades de inversión en el país, ya que eso le resta competitividad al país y le genera costos al Estado, argumenta.
"No es posible que en la actualidad, un inversionista extranjero que venga a explorar las posibilidades de negocio en nuestro país, sea, por el simple hecho de ser un inversionista, sea un agente obligado. Un emprendedor que recién inicie su negocio que decida conformar una SAS (Sociedad por Acciones Simplificadas), conformar una S.A. de C.V. (sociedad anónima de capital variable), automáticamente es un sujeto obligado y tiene la responsabilidad de tener un oficial de cumplimiento o por lo menos un encargado de cumplimiento, lo cual significa costos que son un lastre inicial, que no se poseen en otros países, por lo menos de la región centroamericana. Eso le resta competitividad al país en términos de promoción de las inversiones, en términos de inclusión financiera y en términos de generar riqueza para todos los salvadoreños", defendió el funcionario.
Los diputados estuvieron de acuerdo con este y otros cambios "necesarios" expuestos por el fiscal y al final aprobaron un dictamen favorable. El dictamen sería conocido en la plenaria del martes 7 de octubre.