La ordenanza fue aprobada el 2 de septiembre y publicada en el Diario Oficial del 27 de septiembre.
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Los usuarios interesados se deben presentar al Departamento de Recuperación de Mora. Podrán realizar en forma total o parcial.
¿Quiénes pueden aplicar a la ordenanza de dispensa de multas e intereses?
- Contribuyentes registrados en el municipio en mora de tributos.
- Contribuyentes que tengan plan de pago.
- Contribuyentes con plan de pago incumplido.
- Contribuyentes con recursos administrativos o procesos contenciosos. En este caso deben desistir de dichos recursos.
- Contribuyentes sancionados por presentación extemporánea de documentación o renovación de permisos y licencias.
- Antiguo Cuscatlán
- Huizúcar
- Nuevo Cuscatlán
- San José Villanueva
- Zaragoza
- Chiltiupán
- Jicalapa
- Tamanique
- Teotepeque
Una ordenanza similar aprobada por el municipio de La Paz Este, departamento de La Paz, fue prorrogada hasta el 20 de diciembre de 2024, pero exonera multas e intereses moratorios a propietarios de inmuebles y empresas y arrendatarios de los mercados municipales. La vigencia de la prórroga inició su vigencia el 5 de octubre.