La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno de la Asamblea Legislativa estudiará este lunes un proyecto de "Ley de desarrollo social" que creará una nueva Dirección Nacional de Desarrollo y Protección Social (DPS) como entidad rectora de la política de programas sociales del gobierno y de la medición de pobreza.
La nueva normativa, que deroga una ley similar aprobada en 2014, obligará a todas las instituciones públicas a entregarle a la nueva Dirección información sobre los beneficios que entregan y creá una "Registro Social" de beneficiarios, que recopilaría datos "sobre las condiciones e ingresos de las familias beneficiarias de los programas sociales".
El proyecto de "Ley de desarrollo social", enviado por la ministra de Desarrollo Local, mantiene la medición de la pobreza multidimensional, aunque suprime la disposición de que esta "será pública y transparente" contenida en el proyecto que se derogará.
¿Cuáles serían los cambios planteados en el proyecto?
Creación de la DirecciónCrean la Dirección Nacional de Desarrollo y Protección Social (DPS): en la ley actual únicamente estaba un Sistema Nacional de Desarrollo dirigido por la Presidencia. En la nueva se mantiene el sistema pero se amplían sus miembros, como el Instituto Nacional de Pensiones (ISP).
Consejo Directivo
Conforman el Consejo Directivo de la Dirección, que estará conformado por los titulares de Instituto Administrador de Beneficios de los Veteranos y Excombatientes (INABVE), Dirección de Integración, Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (Conapina), y ministerios de Educación, Salud y Desarrollo Local.
Registro Social
Crearán un "Registro Social" para recoger datos sobre las condiciones de vida y los ingresos de las familias, para identificar beneficiarios de los programas sociales, dicho registro será administrado por la Dirección.
Se quita "transparencia" en el Plan de Desarrollo
Sobre el Plan de Desarrollo y Protección Social, el cual servirá de marco de los programas sociales y que debe ser diseñado en el primer semestre de cada periodo presidencial, se quita "mecanismos de transparencia y procedimientos de rendición de cuentas" entre los aspectos que incluiría.
Objetivo de los programas
Se detalla que los programas de desarrollo social deberán: promover la movilidad social, la integración, generar oportunidades productivas, educativas, culturales y la resiliencia frente a desafiíos socioeconómicos con el acompañamiento y formación durante el curso de vida de las personas.
Informe de beneficiarios
También, todas las instituciones que ejecutan programas sociales deberán remitir un informe de los registros de las personas beneficiarias y de la ejecución de sus programas, proyectos o acciones, según el artículo 24.
Supresiones de programas de gobiernos anteriores
Se eliminan menciones expresas de programas del "Subsistema de Protección Social Universal" que incluía programas de gobiernos anteriores, como comunidades solidarias, urbanas y rurales, dotación de uniformes, zapatos y útiles escolares, alimentación y salud escolar, vaso de leche, Programa de Apoyo Temporal al Ingreso, Ciudad Mujer, "Nuestros mayores derechos", pensión básica universal, programa de agricultura familiar, paquetes agrícolas, entre otros.
Deberes de los beneficiarios
Se crean cinco deberes para los beneficiarios de los programas: cumplir con los programas, participar en los mismos, dar información veraz a las instituciones, dar información requerida por las autoridades y mantener actualizada la información sobre los beneficios.
Medición multidimensional de la pobreza
Se elimina que la medición multidimensional de la pobreza "deberá ser pública y transparente", dejando únicamente que deberá basarse en enfoque de derechos, ser integral y tener rigor técnico (artículo 42 en anterior ley y 33 en proyecto). Se mantiene que la medición de pobreza se realice anualmente y la medición territorial y brechas de desigualdad, cada dos años.
Informe sobre avance de derechos sociales
Se mantiene la obligación de emitir un informe sobre los avances de los derechos sociales pero se suprime la disposición que ordena entregarlo a la Asamblea Legislativa. La propuesta de nueva ley dice que la Dirección "emitirá un informe sobre el grado de avance en el goce de derechos sociales en el país".