La reforma a la "Ley especial contra los delitos informáticos y conexos", aprobada el jueves por la Asamblea Legislativa, faculta a personas, entidades o empresas, a que puedan presentarse como víctimas del delito de fraude informático en procesos penales seguidos contra un empleado que ha extraído o manipulado datos personales de clientes para obtener algún provecho o beneficiar a otra persona.



La reforma permite que los llamados “controladores" o "procesadores” de datos personales puedan mostrarse como víctimas del delito de “fraude informático” y no únicamente los propietarios de dichos datos personales.

La Cámara Americana de Comercio (AmCham) urgió esta reforma a los diputados, tomando como base lo que ha ocurrido en “call centers” en El Salvador.



Karla Machón, presidenta del Comité de Call Centers de AmCham El Salvador, aseguró que el uso indebido de los datos personales de bases de datos manejadas por estas empresas "debilita la confianza de socios internacionales”. “Estimamos que por delito de este tipo hemos perdido 5,000 puestos de trabajo”, indicó.

La AmCham ve la modificación como una gran oportunidad estratégica ya que la inversión de los call centers en El Salvador supera los $100,000 millones y se proyecta que llegue a los $162,000 millones en 2029.

Según la redacción de la reforma, esta no solo aplicará a los "call centers", ya que el artículo habla de las personas que tienen acceso a un “sistema informático” y una “base de datos” en general, aunque también menciona expresamente a quienes tengan acceso a: los sistemas de gestión de relaciones con clientes (CRM), plataformas de venta, centros de contacto (call centers), servicios de tecnologías blockchain y, nuevamente de forma amplia, a "sistemas donde los registros de información de terceros estén disponibles".

Actualmente, el fraude informático únicamente es imputado a quienes manipulan sistemas informáticos o sus datos para sacar provecho, pero no menciona en perjuicio de quién se comete el delito; y la pena oscila entre 6 y 10 años de prisión. Esta disposición no se elimina en la reforma.

Con la reforma, se deja detallado que el delito ocurrirá cuando los empleados de estos lugares consulten, extraigan o manipulen información de las bases de datos para obtener un beneficio “en perjuicio del propietario de los datos, del controlador o procesador de los mismos”; y el delito, en este caso, tendrá una pena entre 10 y 12 años de prisión.