Los diputados de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial aprobaron este lunes cinco modificaciones adicionales al dictamen favorable de Ley de creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT), la nueva entidad en el país que estará encargada de autorizar los permisos de construcción en áreas iguales o mayores a 250 metros cuadrados.

Los diputados aprobaron cinco modificaciones, la primera sobre la conformación del Consejo Directivo, en el artículo 12 el literal l), incorporando al director ejecutivo de la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM), un delegado y su suplente.
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En el artículo 33, sobre exclusiones de la aplicación de esta ley se agregan como numerales 6 y 7:
  • Los proyectos de construcción propiedad del Estado que se encuentran en trámite con el Ministerio de Vivienda o cualquiera de sus oficinas descentralizadas a nivel nacional.
  • Los proyectos de construcción y parcelación que dispongan con antecedentes de trámites en el Ministerio de Vivienda o cualquiera de sus oficinas descentralizadas a nivel nacional, antes de la entrada de funcionamiento de la DOT.

Los diputados modificaron el artículo 47 sobre el pago de aranceles, en la Tabla A y en la Tabla B:
  • Incorporación de un inciso tercero: de los ingresos percibidos por los trámites o proyectos suscritos en la tabla A, el 100 % será destinado para la DOT.
  • En los trámites o proyectos suscritos en la tabla B, la DOT recibirá el 50 % de los mismos, mientras que el restante 50 % será transferido al Ministerio del Hacienda para que este lo asigne a las alcaldías.

También, aprobaron otra modificación en la tabla B, numeral 6, que establece el pago de calificación de lugar, línea de construcción, factibilidad de drenaje de aguas lluvias, se hará un solo cobro por los tres trámites, en lo que respecta al rango de media por área a intervenir, en el literal a) decía “de 250 hasta 500 metros cuadrados”, ahora quedó de la siguiente forma: Literal “a) De 1 metro cuadrado hasta 350,000 metros cuadrados por metro o fracción”, no se modificó el costo.

La quinta modificación se hizo sobre el "Fondo especial para el manejo de las compensaciones urbanísticas y ambientales" en el artículo 53 se agregó un inciso tercero:

Los ingresos que conformen el fondo el 50 % de los mismos será transferido al Ministerio de Hacienda para que este los asigne a las alcaldías, el 50 % restante del fondo serán destinados al fondo administrado por la DOT”.


El objetivo de este fondo es financiar proyectos que coadyuven a la mitigación de los impactos territoriales y ambientales generados por la acción de las urbanizaciones y construcciones, la operatividad de este fondo se desarrollará en un reglamento especial de esta Ley.

Los diputados aprobaron todas las modificaciones y la Ley de la DOT podría ser aprobada el miércoles en el pleno.