La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno de la Asamblea Legislativa aprobó este martes el dictamen favorable de la Ley Especial de Beneficios y Protección para la Diáspora y Personas en Movilidad Humana, que regula beneficios a salvadoreños retornados, empresas que los contraten y regula a las agencias de trabajo que contraten a salvadoreños beneficiados en programas de movilidad laboral.

Los diputados aprobaron el dictamen favorable luego de una explicación de la normativa que les dio la viceministra de Diáspora y Movilidad Humana, Cindy Mariella Portal.

El Ministerio de Trabajo creará el registro “Empleos para Salvadoreños Retornados” para que los empleadores se inscriban.

Los empleadores deberán tener al menos seis meses de haberse formalizado y una vez autorizados podrán deducir de su renta diferentes montos según la cantidad de salvadoreños retornados que hayan contratatado en cada año fiscal, así:



Deducciones de renta de los contratantes de retornados en El Salvador:

Tres salarios mínimos: si han contratado de 2 a 6 retornados.

Cuatro salarios mínimos: si han contratado de 7 a 12 retornados.

Cinco salarios mínimos: si han contratado al menos 13 retornados.

Las deducciones se restan del ingreso o renta "imponible" a la que se le aplica el Impuesto sobre la Renta.

La ley, además, amplía la exención fiscal de la que se benefician salvadoreños en el exterior que introduzcan sus bienes domésticos a El Salvador, actualmente aplicado a inmuebles por hasta un valor de $70,000 y que se ampliará a $100,000.

La normativa también obliga a las entidades financieras a abrir cuentas bancarias o dar servicios financieros a los salvadoreños amparados bajo la normativa y establece que la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República emitirá lineamientos específicos.

Así mismo, la normativa permite que los salvadoreños en el exterior puedan constituir asociaciones y fundaciones sin fines de lucro a través del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, según la Ley de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro. Según esta normativa, se inscribirían en el Registro de las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro y sus donaciones serán exentas de impuestos.

Y también esta normativa regulará las agencias reclutadoras de salvadoreños en el exterior que participan en los procesos de movilidad laboral y deberán presentar “informes periódicos detallados sobre sus actividades y los contratos gestionados”.

La ley también establece derechos de personas extranjeras como libre movilidad, identificación, protección internacional.