El diputado William Soriano, del partido Nuevas Ideas, sostuvo el miércoles que consultaron por años a la población sobre la reforma a la Constitución de la República para habilitar la reelección presidencial indefinida, acordada y ratificada el 31 de julio por la Asamblea Legislativa.

El pasado 6 de agosto, el arzobispo de San Salvador, monseñor José Luis Escobar Alas pidió a los diputados "reconsideren las reformas a la Constitución, pues no tomaron en cuenta al pueblo para hacer las reformas constitucionales, para habilitar una reforma constitucional indefinida". El arzobispo exhortó a hacer reformas de cara al pueblo y a darles legitimidad.

A esto, el diputado de Nuevas Ideas dijo que daría su opinión en base a lo que la población opina y aseguró que llevan años consultando a la gente.

"Yo le puedo opinar en base a lo que la población opina. Si usted se dedica a escuchar a la gente, va a comprender que ahí está el respaldo de la gente. Nosotros llevamos años consultándole a la gente, lo pueden ver en cientos de videos donde la gente nos pide que se reelija el presidente", aseguró Soriano.

El diputado de Nuevas Ideas dijo que son los salvadoreños los que "tienen el derecho a escoger el camino que quieren" y que serán ellos quienes decidan si Nayib Bukele debe seguir en la Presidencia de El Salvador.

"Si el Presidente ha hecho un buen trabajo, pues que sean los salvadoreños que escojan ese camino. En una elección libre y transparente, ellos pueden decir si continúan con el presidente o si cambian de gobierno, ese será el momento. Pero, como periodistas, deberían ir a la calle y preguntarle al pueblo salvadoreño sobre esa reforma, y van a llevarse una grata sorpresa", expresó.

Las reformas constitucionales que Nuevas Ideas aprobó y ratificó el mismo 31 de julio en pocas horas:

1- Eliminó una disposición del artículo 75 de la Constitución, que castigaba con "la pérdida de derechos del ciudadano" a quienes “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección” presidencial.

2- Se eliminó el polémico inciso 1 del artículo 152 de la Constitución. Se eliminó la disposición que prohibía las candidaturas presidenciales a quienes hubieran fungido en el anterior periodo como presidente.

Esta disposición fue base para la reinterpretación que hizo la Sala de lo Constitucional para habilitar la reelección presidencial en periodo continuo e indicaba: “No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1o. El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

3- Periodo presidencial de seis años y reinterpretación de "un día más". En el artículo 154 de la Constitución, se establece que el periodo presidencial será de seis años y se agrega que “en el caso de una reelección el primer día de nuevo mandato” no se considerará “un día más”, ya que este artículo prohíbe quedarse “un día más”.

4- Eliminó segunda vuelta en el artículo 80 de la Constitución. Se agrega que “se considerarán electos como presidente y vicepresidente” los “candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos en el correspondiente proceso electoral”, eliminando la disposición que ordenaba una segunda elección cuando “ningún partido político o coalición haya obtenido mayoría absoluta”.

5- Elecciones presidenciales en 2027. Se aprueba transitoriamente que el periodo presidencial 2024-2029 finalizará el 1º de junio de 2027 para que las elecciones coincidan con las municipales y legislativas.