La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió una demanda contra la destitución de la Sala de lo Constitucional del 1 de mayo de 2021, concretamente para analizar si se vulneraron los derechos de los magistrados Carlos Sergio Avilés y Carlos Sánchez Escobar al ser destituidos de sus cargos nombrados para el periodo 2018-2027.

La CIDH emitió el 2 de septiembre de 2025 el informe de admisibilidad 157/25 sobre la petición 1559-21, para analizar si se les violaron las garantías judiciales, el principio de legalidad y retroactividad, sus derechos políticos, la protección judicial y el derecho al trabajo, considerados en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La demanda fue interpuesta por Ruth López, Zaira Navas, Abraham Ábrego, Graciela Sosa, Sonia Hernández y William Sandoval el 3 de septiembre de 2021. En el caso, denuncian que la Asamblea Legislativa destituyó de forma irregular a Carlos Sergio Avilés y Carlos Sánchez Escobar en sus cargos de magistrados de la Sala de lo Constitucional.

La CIDH indicó que “los hechos denunciados no resultan manifiestamente infundados” y que “requieren un estado en etapa de fondos” para analizar si la destitución de las presuntas víctimas vulneró sus derechos.

La destitución ocurrió el 1 de mayo de 2021, en el primer día de la Asamblea Legislativa con una correlación favorable del partido oficial, Nuevas Ideas, con el argumento de que habían cometido “fraude a la Constitución” pues ejercían facultades no expresadas en la ley como modular sentencias, aplicar medidas cautelares de suspensión de los efectos del acto reclamado y convirtieron a la Sala en un “superpoder”, entre otros.

Señalan que la decisión se tomó con 64 votos y que, al día siguiente, Carlos Sánchez Escobar renunció a su cargo por miedo a su seguridad y Carlos Avilés Velásquez no renunció a pesar de las presiones y acoso.

En la resolución, se recuerda que los magistrados formaron pleno fuera de la Corte, ya que esta había sido cercada por fuerzas policiales e invalidaron la destitución.

En el caso, el Estado salvadoreño respondió que los reclamos carecen de sustento suficiente para constituir posibles violaciones a derechos humanos y que la decisión de la Asamblea se ajustó al orden constitucional interno y que los diputados fueron electos para el periodo 2021-2024. Señaló que los magistrados removidos incurrieron en actuaciones que contravinieron el orden constitucional, como la interferencia en atribuciones del Órgano Ejecutivo en materia de salud durante la pandemia covid-19, la imposición de plazos al Legislativo para emitir leyes.

La asociación Cristosal emitió un comunicado sobre la admisión en el cual se detalla que participó como representante de las víctimas ante la CIDH y continúa acompañando el proceso. Indicó que la decisión “abre la puerta a revisar el sistema de pesos y contrapesos en El Salvador”, la falta de controles frente al ejercicio arbitrario del poder del Ejecutivo y la influencia política sobre la administración de justicia.