La Asamblea Legislativa reformó la noche del jueves 31 de julio, cinco artículos de la Constitución de la República, algunos de los cuales impedían la reelección presidencial en El Salvador.

Nuevas Ideas aseveró que esta reforma constitucional permite a la población reelegir cuantas veces quiera a un presidente de la República, así como lo hace con diputados o alcaldes; mientras, la oposición lo ve como una estrategia de Nuevas Ideas para perpetuarse en el poder.

Los diputados hicieron el mismo día las dos votaciones necesarias para la reforma, una para acordarla y otra para ratificarla. El acuerdo de reforma constitucional fue votado a las 8:08 p.m. y, en una segunda sesión plenaria, la ratificación se dio a las 9:57 p.m.

En ambos casos, votaron 57 diputados de Nuevas Ideas y sus aliados.



Antes de esta reforma, Nuevas Ideas cambió en enero de 2025 el artículo 248 de la Constitución para permitir cambiar la Carta Magna en una sola legislatura con tres cuartas partes de los votos, es decir, 45 votos. La Sala de lo Constitucional ya había habilitado la reelección presidencial en periodo inmediato, en una resolución de septiembre de 2021, pero la Sala aclaró que la reelección en periodo continuo únicamente era permitida "una sola vez más".

Levanta prohibiciones contra reelección presidencial

La reforma elimina, en el artículo 75 de la Constitución, la prohibición para suscribir actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República. Esa conducta se castigaba en la Constitución con la "pérdida de la ciudadanía", lo cual fue suprimido de la Constitución.

El artículo 154 de la Constitución indicaba que "el período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más", el cual se sustituye por: “El periodo presidencial será de seis años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más. En el caso de una reelección, el primer día del nuevo mandato, no constituye un día más del periodo que finalizó”.

En el artículo 152 de la Constitución de la República, se elimina la disposición que prohibía que los candidatos a Presidente de la República hubiesen "desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

Este artículo fue la base para que la Sala de lo Constitucional dijera que la reelección presidencial era permitida en El Salvador. En su resolución de septiembre de 2021, la Sala de lo Constitucional indicó: "La prohibición va dirigida a los candidatos, de manera que permite por una sola vez más, la reelección presidencial".

La reforma ratificada ayer permitiría, según los diputados de Nuevas Ideas, la reelección presidencial indefinidamente.

Se elimina la segunda vuelta electoral

En el artículo 80, se establece la elección de presidente y vicepresidente de la República "los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos en el correspondiente proceso electoral”, eliminando así la segunda vuelta electoral para presidente, que estaba considerada en el mismo artículo.

Eliminan, así, disposiciones que indicaba que “cuando en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República ningún partido político o coalición de partidos políticos participantes, haya obtenido mayoría absoluta de votos de conformidad con el escrutinio practicado, se llevará a cabo una segunda elección entre los dos partidos políticos o coalición de partidos políticos que hayan obtenido mayor número de votos válidos".

Se extiende a seis años periodo presidencial y se reduce solo el actual

La reforma extiende el periodo presidencial a seis años y reduce el periodo presidencial iniciado 2024-2029 de manera anticipada el 1º de junio de 2027, para "unificar las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, diputados de la Asamblea Legislativa y concejos municipales".

En 2027 se realizarán, entonces, "elecciones para presidente y vicepresidente de la República, diputados a la Asamblea Legislativa y concejos municipales”.