La Asamblea Legislativa aprobó el miércoles, con dispensa de trámite y con 59 votos a favor, el inicio del proceso de elección del nuevo titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH).

La propuesta fue presentada por el jefe de fracción del partido Nuevas Ideas, Christian Guevara, y contó con el respaldo de diputados de Arena. El partido Vamos decidió no votar. La actual procuradora, Raquel Caballero de Guevara, dejará el cargo el 15 de octubre, cuando concluye su período.

Según el aviso aprobado, los interesados en postularse deberán presentar su hoja de vida y la documentación requerida en la recepción de correspondencia de la Asamblea Legislativa, a más tardar el 15 de agosto, en horario hábil de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Para aspirar al cargo de procurador para la Defensa de los Derechos Humanos se requiere ser salvadoreño, mayor de 35 años, pertenecer al estado seglar, contar con título universitario y una trayectoria comprobada en la promoción, educación y defensa de los derechos humanos, así como reconocida moralidad y competencia profesional.



La actual procuradora de Derechos Humanos, Raquel Caballero de Guevara, culmina su periodo el 15 de octubre.


Además, los aspirantes deberán presentar constancias emitidas por la Fiscalía General de la República, la Procuraduría General de la República, la Corte de Cuentas, el Tribunal de Ética Gubernamental, la Dirección General de Centros Penales, y la Policía Nacional Civil. También se exige una certificación del Tribunal Supremo Electoral que acredite la no afiliación partidaria, así como una solvencia del Ministerio de Hacienda.

El procurador de Derechos Humanos tiene como función principal velar por el respeto y la garantía de los derechos fundamentales, además de investigar casos de violaciones, asistir a las víctimas, supervisar a la administración pública, emitir informes, promover reformas legales, realizar inspecciones, y educar a la ciudadanía sobre el respeto a los derechos humanos.

Entre sus atribuciones también figura la vigilancia del trato a personas privadas de libertad y la potestad de promover recursos judiciales o administrativos en defensa de los derechos humanos.