Por séptima vez la Asamblea Legislativa aplazó la entrada en vigencia del capítulo que castiga las infracciones por violaciones a los derechos de las personas con discapacidad.



Las sanciones están contenidas en “Ley especial para la inclusión de las personas con discapacidad” que iniciaba su vigencia el 1 de enero de 2025, según la última prórroga aprobada el pasado 20 de marzo y que finalizará el 1 de enero de 2026.

En la última prórroga los diputados sostuvieron que “actualmente se encuentra en estudio un proyecto de reformas a dicha ley” para “superar diversos aspectos que impiden que sea aplicada en forma efectiva”, por lo que consideran “no es factible la entrada en vigencia del referido capítulo”.



La Ley Especial de Inclusión de Personas con Discapacidad fue emitida mediante decreto legislativo número 672 de fecha 22 de junio de 2020, sin embargo no se ha echado a andar porque el Capítulo relativo al Tribunal Sancionador se ha venido prorrogando cada cierto tiempo.

Esta vez, según el documento leído por la diputada secretaria de la Junta Directiva, Elisa Rosales “actualmente persisten las condiciones que originaron la emisión del decreto legislativo (976 de fecha 19 de marzo de 2024 con el que se emitió la sexta prórroga a la entrada en vigencia del capítulo 18 relativo al Tribunal Sancionador) por lo que resulta procedente hacer una nueva prórroga hasta el 1 de enero de 2026”.

“Es importante dejar constancia, para la historia, para la población y especialmente para todas aquellas personas que sufren una discapacidad o que tienen un familiar que sufre una discapacidad que esta es ya la séptima prórroga que impide que entre en vigor el último capítulo... dice los considerandos que persisten las condiciones por las cuales no puede entrar en vigor. ¿Cuáles son esas condiciones? Las condiciones es que la Comisión simplemente no se reúne, simplemente no sesiona y no habla de estos temas... esto es grave porque las personas con discapacidad y sus familiares no tienen una herramienta legal que les ampare, para que sus derechos sean protegidos”, cuestionó la diputada opositora de Vamos, Claudia Ortiz.

Ante eso, la diputada Suecy Callejas, quien es presidente de la Comisión de Niñez e Integración Social defendió argumentando que lo dicho por Ortiz no es cierto, ya que sí hay leyes que castigan a infractores.

“El Artículo 3 de la Constitución: Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión. No se reconocen empleos ni privilegios hereditarios. Básicamente este es el sentido de igualdad y si alguna vez hay algún derecho que se vulnere para personas con discapacidad o para cualquier persona tenemos todos los tribunales para ir a exigir el cumplimiento de esos deberes... no es cierto que no hay protección para los derechos”, argumentó Callejas.

Inmediatamente, Ortiz pidió la palabra para hacerle ver a su colega de la bancada cian, que con lo dicho solo deja en evidencia que al no haber herramienta legal que defienda los derechos de las personas con discapacidad, estas tienen que exigir que se les cumpla en tribunales.

“Prácticamente lo que usted está diciendo es que no se necesita una ley de inclusión, que no se necesita una instancia administrativa y está mandando a toda la gente que está sufriendo violaciones a sus derechos o que está sufriendo las consecuencias de que la ley no se aplique o no se respete, los está mandando al sistema judicial, cuando podrían perfectamente existir entidades especializadas y sensibles al tema...entonces este no solo se trata de citar la Constitución, si la Constitución también dice que la Asamblea debe legislar... y qué responsable ha sido la Asamblea Legislativa que lleva chineando una ley que nunca se aprueba, mientras que las necesidades existen”, aseveró la diputada Ortiz.

La diputada Marcela Villatoro de Arena también señaló que aunque la Ley está vigente, pero al no aplicarse todo el capítulo relativo a las sanciones es prácticamente “una ley inaplicable e inexistente. Y no sé si se han dado cuenta, pero en las casas de la Cultura despidieron a todas las personas ciegas, este gobierno, sí a todos y han dejado fuera a este sector vulnerable de la población. Nosotros tenemos que actuar con responsabilidad y por aquellas personas que sufren y que tienen que pasar por situaciones más difíciles que las nuestras y es nuestra obligación legislar por ellos”, expuso la diputada.

Al final, la Asamblea con la mayoría de la bancada cian aprobó la séptima prórroga al Tribunal Sancionador de la Ley de Inclusión de Personas con Discapacidad con 56 votos. Arena y Vamos votaron en contra.

El capítulo prorrogado

El capítulo XVIII titulado “Tribunal Sancionador, infracciones, sanciones y procedimiento”, que iniciará su vigencia a partir de enero de 2025, se establece la conformación del Tribunal Sancionador, los requisitos de la denuncia y el proceso de resolución.

También, regula sanciones pecuniarias y no pecuniarias, como amonestar por escrito al infractor, prestar servicio comunitario en organizaciones de personas con discapacidad, hasta multas de 1 a 3 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios para infracciones leves; 4 a 6 salarios para infracciones graves; y de 7 a 9 salarios para infracciones muy graves.

Entre las infracciones están obligar a una persona con discapacidad a contar con asistencia personal cuando no sea requerida, cobrarles el acceso a sitios culturales, divulgar de forma denigrante su imagen, impedirles el acceso a unidades de transporte público, negar la contratación de cualquier tipo de seguro privado por condición de discapacidad, no cumplir la cuota de contratación en materia de empleo, y negar asistencia médica oportuna, así como servicios de salud generales y especializados por condición de discapacidad (infracción muy grave), entre otras infracciones.