Más de medio millón de niños, niñas y adolescentes (NNA) quedaron en situación de abandono en El Salvador por alguno o ambos padres de familia, según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) de 2023.

El documento publicado por el Banco Central de Reserva señala que 501,444 niños y adolescentes viven en situación de abandono, equivalente al 37.9 % de la población que tiene entre cero y 17 años de edad.
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El estudio exploró las razones por las que estos niños, niñas y adolescentes crecen sin sus padres, e identifica tres causas: abandono, migración y muerte.

En el grupo de los infantes que viven sin uno o ambos padres de familia por razones de abandono, 391,292 de los casos fue por el desamparo del padre, que equivale a un 78 %; por el abandono de su madre son 47,837, es decir un 9.5 %, y por la desprotección de ambos son 62,314, que sería el 12.4 %.

Según las estadísticas cuatro de cada 10 infantes sufren abandono por parte de uno o ambos padres.

Por motivos de migración, en 69,950 (73.4 %) casos el padre fue el ausente, mientras que 17,200 (18 %) fue la madre y 8,163 (8.6%) ambos padres de familia.

Con respecto a la causal de muerte, se registraron 72,720 niños y adolescentes sin presencia de uno o ambos familiares, de éstos el 82.6 % por la ausencia del padre, 13 % de la madre y 4.4% de ambas figuras paternas.

Solo el año pasado se contabilizaron 1,726,705 infantes entre los 0 y 17 años, de los cuales el 52.2% son masculino y el 47.7% son femenino.

Un estudio del Socorro Jurídico Humanitario (SJH) reveló en enero de 2024 que al menos 100,000 menores de edad estarían en situación de abandono, debido a las capturas realizadas a sus padres o encargados durante el régimen de excepción.

Esto aumentaría a más de 600,000 la cifra de abandonados, a partir de los datos de la encuesta de 2023.

¿Qué dice la ley?

El Estado tiene la obligación de establecer políticas públicas y programas para la prevención del maltrato y el abandono de las niñas, niños y adolescentes.

El artículo 199 del Código Penal de El Salvador, sostiene que: “el que teniendo deber legal de velar por un menor de dieciocho años o una persona incapaz de proveerse por sí misma, los abandonare poniendo en peligro su vida o su integridad personal o los colocare en situación de desamparo, será sancionado con prisión de uno a tres años”.