La Cámara Tercero de lo Penal de la Primera Sección Centro, de San Salvador, ratificó la condena de 10 años de cárcel en contra del exfiscal general, Luis Antonio Martínez, quien fue declarado responsable por los delitos de fraude procesal y omisión de la investigación. La pena fue impuesta por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador.

Según la resolución de Cámara, con fecha del 16 de septiembre por la Cámara, a la cual Diario El Mundo tuvo acceso, se confirmó la decisión del juez de sentencia  de imponer las penas al exfiscal Luis Martínez, al exdirector de Defensa de los Intereses de la Sociedad de la Fiscalía, Julio Adalberto Arriaza González y el abogado Francisco Grimaldi, quienes fueron procesados en el caso denominado Rais-Martínez.

"Confírmase la decisión judicial pronunciada por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, en audiencia de vista pública de fecha 22 de agosto de 2025, donde se decretó la medida cautelar de la detención provisional en contra de los procesados Héctor Francisco Grimaldi Membreño, Julio Adalberto Arriaza y Luis Antonio Martínez en virtud de la imputación penal que versa en su contra", se lee en la resolución.

La condena fue emitida el pasado 22 de agosto, por el referido Tribunal de Sentencia, quien sentenció a 10 años de cárcel al exfiscal Martínez, 5 años por los delitos de fraude procesal y otros 5 por omisión de la investigación . Asimismo, se condenó a Arriaza González a cinco años de prisión por el delito de fraude procesal y una pena seis años para Grimaldi por el delito de fraude procesal.

En este caso, la Fiscalía General de la República (FGR) acusó al exfiscal Martínez de favorecer con pruebas falsas en favor del empresario Enrique Rais, en acusaciones en contra del abogado y ahora parte querellante del proceso, Mario Calderón y su esposa Claudia Herrera.

Argumentos

La resolución de la Cámara sostiene que los condenados presentaron una defensa débil y carente de elementos que pudieran desvirtuar los hechos probados durante el proceso de vista pública.

De acuerdo con los fundamentos expuestos por el tribunal, Martínez, junto con los otros dos imputados actuaron en su calidad de funcionarios públicos y fueron responsables de un manejo irregular en el proceso penal. La sentencia inicial había dictado la detención provisional de los acusados, medida que fue mantenida tras el análisis del recurso de apelación interpuesto por la defensa.

En su apelación, los detenidos expresaron a la Cámara que no existían argumentos sólidos para cambiar el arresto domiciliar y las medidas sustitutivas por el cumplimiento de la pena en una prisión, ya que según ellos, no existía peligro de fuga. Sin embargo, la Cámara consideró que las pruebas presentadas no eran suficientes para revocar la medida cautelar.

De igual forma, se cuestionó la decisión del juez Tercero de Sentencia, alegando que no se cumplieron con lo exigido por la ley, al no existir motivaciones suficientes para decretar la detención. En ese sentido, los magistrados de la Cámara respondieron que la resolución dictada por el juez de sentencia está "legalmente fundamentada", con respecto a la decisión del juzgador, por lo que procedió a "confirmar" la decisión tomada durante el juicio.

"Esta Cámara considera que la resolución dictada por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador se encuentra formulada y legalmente fundamentada, en atención, a los parámetros procesales correspondientes a la imposición de la medida cautelar de la detención provisional, siendo procedente confirmar la decisión judicial pronunciada e impugnada", indica la resolución.

La Cámara sostuvo que se habían cumplido todos los requisitos establecidos por la ley, y que la detención provisional fue una medida necesaria para asegurar que los imputados no huyan del proceso judicial.

En diciembre de 2024, el exfiscal Luis Martínez fue condenado civilmente por la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro, por el delito de enriquecimiento ilícito de $71,736.62, cantidad que no pudo justificar y que deberá devolver al Estado salvadoreño.