Agentes del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) de San Salvador Centro sancionaron a un grupo de jóvenes que ingerían bebidas alcohólicas en un lugar público, en este caso, el mirador municipal "El Águila", ubicado en calle a Huizúcar, frente al paso El Jaguar, en el distrito capital del municipio San Salvador Centro.



Los jóvenes fueron detectados mediante las cámaras del Sistema de Videovigilancia "SivarSeguro" de la alcaldía de San Salvador Centro que captaron a los jóvenes en horas de la madrugada.

El artículo 46 de la "Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador" prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos como aceras, parques, vías o parqueos o cualquier otro lugar público. La multa oscila entre los $51 hasta los $900. La alcaldía no informó la cuantía de la multa impuesta a los sancionados.



¿Qué dice el artículo 46 de la Ordenanza para la convivencia ciudadana de San Salvador?

CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LUGARES NO AUTORIZADOS

"Art. 46.- El que ingiriera cualquier tipo de bebida alcohólica, en aceras, parques, vías, parqueos o cualquier otro lugar público, será sancionado con multa que puede oscilar desde los cincuenta y un dólares a los novecientos dólares de los Estados Unidos de América. En la misma multa incurrirán las personas que perturben la tranquilidad pública de los habitantes, participando o promoviendo en estado de ebriedad, escándalos o desórdenes en lugares públicos o privado."